COMO UN JARRO DE AGUA FRIA

LEGAL

COMO UN JARRO DE AGUA FRIA

Francisco Moreno Andrés (www.franciscomorenoabogado.es)

Así ha caído la sentencia dictada por el TJUE el pasado jueves 5 de mayo. Como dijimos hace unos días, esta sentencia es la que ha resuelto el problema que afecta a cientos de miles de inversores y accionistas del Banco Popular, que compraron acciones en el entorno de la ampliación de capital social que llevo a cabo la referida entidad en mayo de 2016. La sentencia cierra a inversores y accionistas la posibilidad de reclamar al Banco Santander, como sucesor universal del Banco Popular, los perjuicios sufridos como consecuencia de la amortización de sus acciones, y con ella la pérdida de su inversión. Aunque en la sentencia se reconocen derechos a los accionistas, considera el Tribunal que deben ser estos, junto con los acreedores, lo primeros que deben soportar las consecuencias negativas de la desaparición de la entidad. En la disyuntiva, interés general bancario y derechos de los accionistas, a juicio de tribunal debe prevalecer el primero sobre el segundo, el interés general de la estabilidad del sistema bancario sobre los derechos de los accionistas. Poco parece haberle importado al Tribunal Europeo que al menos desde 2012, el Consejo de Administración de la entidad se dedicase a falsear las cuentas anuales de manera sistemática. Veremos que encaje tiene la sentencia en el organigrama judicial nacional, y que dice nuestro Tribunal Supremo al respecto, máxime cuando los tribunales ya tenían definida una postura, que no era precisamente la que ahora ha marcado el TJUE. Me da a mí que vamos a tener asunto para días, eso espero

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


The reCAPTCHA verification period has expired. Please reload the page.