PATINETE ELECTRICO

LEGAL

PATINETE ELECTRICO

Francisco Moreno Andrés (www.franciscomorenoabogado.es)

¿Puedo conducir un patinete eléctrico, en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida de todos los puntos asignados legalmente, o por haber sido privado de él por decisión judicial?. La cuestión no está exenta de cierta polémica, y ello fundamentalmente por el carácter eminentemente garantista del derecho penal, en el que rigen entre otros principios como el de legalidad o tipicidad. De la cuestión ha tenido ocasión de pronunciarse, que yo sepa, la Audiencia Provincial de Murcia, que estima un recurso de apelación, y absuelve a una persona que había sido condenada en primera instancia como autor de un delito de conducción sin permiso. La resolución se fundamenta en la falta de tipicidad de la acción, al no quedar suficientemente acreditada la condición de ciclomotor del vehículo utilizado por el acusado; reprochando el órgano judicial a la administración, la tardanza en regular con precisión y claridad el fenómeno de los nuevos vehículos urbanos aparecidos, no pudiendo sancionarse sin más a los ciudadanos, sobre la base de la Instrucción 19/V-1934 de la DGT, cuyo conocimiento e interpretación no puede recaer exclusivamente sobre ellos. En cualquier caso como digo, la cuestión no está exenta de polémica, y en estos casos entiendo que debe siempre primar un criterio de prudencia para evitarnos sorpresas desagradables, en especial si tenemos en consideración la gran variedad de modalidades de vehículos de este tipo y sus características. Se impone un regulación de manera inmediata que evite situaciones de este tipo

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