Swaps o contrato de permuta financiera de tipos de interés

La Comisión Nacional del Mercado de Valores encuadra los swap o clips (contratos de permuta financiera) en la calificación de instrumento financiero inadecuado para inversores no profesionales debido a su elevado grado de complejidad, que dificulta la comprensión de sus riesgos.

Se trata de productos financieros derivados en los que se acuerda intercambiar sobre un capital nominal de referencia, los coeficientes resultantes de aplicar un tipo de interés diferente para cada una de las partes, durante el período de vigencia del contrato.

Se trata de un producto financiero complejo, dato que incide en su comprensión por el cliente financiero y, en definitiva, en la validez de su consentimiento.

Lo esencial en la permuta financiera no es la especulación, sino la mejora de la estructura financiera de una deuda, como ocurre con la asumida con un crédito hipotecario, protegiéndola contra las fluctuaciones de los mercados financieros.

No se trata de un seguro, ya que si bien su finalidad es proteger de un riesgo, como es el alza de los tipos de interés, crea otro ante las consecuencias económicas negativas de la situación inversa.

Hay quienes además de una clausula suelo, su banco, con relación a  la misma, les hizo firmar un contrato de cobertura sobre la misma hipoteca, es decir, que en una misma hipoteca puede tener swaps y cláusula suelo, que son dos instrumentos de cobertura de incremento del tipo de interés.

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