CARACTER ESPECULADOR

LEGAL

CARÁCTER ESPECULADOR

Francisco Moreno Andrés (www.franciscomorenoabogado.es)

La Audiencia Provincial de Zaragoza acaba de dictar una sentencia, en la que trata el carácter especulativo de las compraventas bursátiles. La sentencia resuelve en grado de apelación un asunto relativo a la compra de acciones del malogrado Banco Popular, afirmando que toda compraventa de acciones tiene un cierto carácter especulativo, en el sentido de que con la misma se pretende ganar dinero, por la propia evolución del emisor, por la evolución del mercado y de la economía en general, o bien aprovechando situaciones puntuales que generan picos de valor de los activos mobiliarios, las conocidas como “compras a corto”. Ahora bien, ello no es óbice, ni puede servir de excusa al emisor de las acciones para dejar de cumplir con su obligación de suministrar información veraz y ajustada; y si no lo hace, deberá de responder de los daños y perjuicios sufridos por el inversor, que creyendo ciertas las informaciones facilitadas, asumió el riesgo de la compra, desconociendo en ese momento cual era la verdadera situación financiera de la entidad, que de haberla conocido no hubiera realizado la inversión, ante el riesgo cierto de desaparición de la entidad, como así ha ocurrido; puesto que una cosa es saber y asumir el riego de que las acciones suban o bajen, y otra bien distinta saber y asumir el riego de desaparición de la entidad emisora por su situación insolvencia, añadiendo la sentencia que no pueden estar situados en plano de igualdad los rumores periodísticos y las informaciones facilitadas por el propio Consejo de Administración

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


The reCAPTCHA verification period has expired. Please reload the page.