CLÁUSULA SUELO

30/04/2019. El Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Zaragoza declara nula la cláusula suelo y la cláusula de intereses de demora de un préstamo hipotecario suscrito con BANTIERRA, y condena a ésta a devolver al cliente la totalidad de las cantidades indebidamente percibidas desde la firma del contrato, más intereses. La entidad financiera oponía la no condición de consumidores de los actores, al considerar que el préstamo se pidió para adquirir un inmueble que iba a ser destinado a un negocio de gestoría. Afirma la sentencia que conforme al criterio del TJUE, será necesario tener en consideración todas las circunstancias que permitan demostrar la finalidad del préstamo, no bastando que la entidad financiera se limite sin más a negar la condición de consumidores de los actores. La sentencia no  firme al ser susceptible de recurso.