CLÁUSULA SUELO

13/05/2019. El Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Zaragoza declara nula la cláusula suelo de un préstamo hipotecario suscrito con UNICAJA, y condena a ésta a devolver al cliente la totalidad de las cantidades indebidamente percibidas desde la firma del contrato, más intereses y costas procesales. La entidad financiera oponía la caducidad de la acción y que el préstamo estaba amortizado. Afirma la sentencia que la acción es imprescriptible, no se aplica el plazo de los cuatro años de la acción de anulabilidad; y que el préstamo esté amortizado no es ningún obstáculo para el éxito de la acción. La sentencia es susceptible de recurso de apelación