ACCIONES DEL POPULAR

09/07/2021. Un nuevo éxito frente al BANCO SANTANDER, esta vez en alianza con el despacho FORNIES-GUELBENZU. El Juzgado de Primera Instancia nº 18 de Zaragoza  declara la responsabilidad del BANCO SANTANDER en la pérdida económica sufrida por un particular como consecuencia de la suscripción de acciones del BANCO POPULAR, y condena al BANCO SANTANDER a la devolución de la cantidad invertida, más los intereses legales  desde la fecha de la interposición de la demanda, y las costas procesales. Se trataba de la compra de acciones del BANCO POPULAR en el mes junio de 2017.

En la sentencia se reconoce la posibilidad de ejercer la denominada acción del folleto, pero también la acción indemnizatoria basada en el Código Civil, aunque las acciones se hayan adquirido en el mercado secundario. Considera el Juzgado que inversor, aunque  la compra pueda ser considerada como especulativa, tiene derecho a una información veraz; oponiéndose de este modo a una corriente jurisprudencial que negaba protección a los compradores de acciones del Banco Popular  en los días inmediatamente anteriores a su amortización. La sentencia se alinea con el criterio de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, en contra de lo sostenido por la Sección Quinta en su reciente sentencia de enero de 2021. Hay partido y os ayudaremos a jugarlo