UNO MAS EN LA FAMILIA
LEGAL
UNO MAS EN LA FAMILIA
Francisco Moreno Andrés (www.franciscomorenoabogado.es)
No estoy descubriendo América si digo que nuestras mascotas: perros, gatos, pájaros, etc, son uno más en nuestras familias, entre las que por cierto incluyo la mía; y que les dedicamos diariamente nuestras desinteresadas atenciones, llegando a convertirse en una pieza clave en nuestra organización familiar. He tenido conocimiento de una reciente sentencia de un Juzgado de Santander en la que se reconoce la copropiedad y la custodia compartida de un perro, de modo que cada uno de los copropietarios podrá estar con el animal durante quince días consecutivos, asumiendo los costes de mantenimiento aquel de los copropietarios con el que conviva, y los de veterinario y vacunas por mitad. Tras la reforma llevada a cabo en el Código Civil en el año 2019, los animales son serves vivos dotados de sensibilidad, y solo les será aplicable el régimen jurídico de los bienes y de las cosas en la medida que les sea compatible con su naturaleza, o con las disposiciones destinadas a su protección. Afirma la jurisprudencia más reciente que quien desee la tenencia del animal deberá demostrar que es la persona más indicada para tenerlo y cuidarlo, con independencia de su propiedad, debiendo valorarse en todo caso su bienestar, su estado de salud, si hay lazos de afectividad entre animal y cuidador, y si un cambio del ambiente y núcleo familiar le puede ocasionar sufrimientos. El artículo 94 bis contiene un mandato expreso dirigido a la autoridad judicial en orden a determinar a aquel de los cónyuges al que encomendar la custodia de la mascota y el reparto de las cargas asociadas a su cuidado




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