CICLISTA O PEATON

LEGAL

CICLISTA O PEATON

Francisco Moreno Andrés (www.franciscomorenoabogado.es)

Llevamos un tiempo, a raíz del boom del uso de la bicicleta en las ciudades, en la que es frecuente ver como un ciclista cruza montado en su bicicleta por un paso de peatones. Me estoy refiriendo claro ésta, a aquellos pasos de peatones, que solo son para eso, para peatones. ¿En esos casos el ciclista debe ser considerado como un peatón, y por lo tanto tiene preferencia sobre los vehículos que circulan por la calzada?, teniendo estos la obligación de parar a su paso. La Audiencia Provincial de Barcelona en una reciente sentencia de finales del año pasado considera que no. La Ley únicamente considera peatón a la persona que, sin ser conductor, transita a pie por las vías o terrenos a que se refiere la misma, aunque también tienen la consideración de peatones quienes empujan o arrastran un coche de niño o de una persona con discapacidad o cualquier otro vehículo sin motor de pequeñas dimensiones, los que conducen a pie un ciclo o ciclomotor de dos ruedas, y las personas con discapacidad que circulan al paso en una silla de ruedas, con o sin motor. Continua la sentencia afirmando, que, en estos casos, la preferencia es del conductor del vehículo porque los conductores de bicicletas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor únicamente cuando circulen por un carril bici, paso para ciclistas o arcén debidamente señalizados, o en los demás casos previstos reglamentariamente. En el caso enjuiciado, además, era de noche y circulaba el ciclista sin luces y sin chaleco reflectante, haciendo que las posibilidades de ser visto por el conductor del vehículo fueran casi nulas

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


El periodo de verificación reCAPTCHA ha expirado. Vuelva a cargar la página.