FAMILIA- Modificación de medidas

13/07/2017. El Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Calatayud reconoce a un padre su derecho a que la recogida y entrega de los menores se produzca alternativamente en el domicilio paterno y materno separados entre sí en más de 90 km. La sentencia es firme al no haber sido recurrida por las partes.