CLÁUSULA SUELO

08/03/2018. El Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Reus declara nula la clausula suelo y condena al BANCO SABADELL a devolver al cliente la totalidad de las cantidades indebidamente percibidas desde la firma del préstamo, más los intereses legales y costas procesales. La sentencia es firme al no haber sido recurrido por el BANCO SABADELL.