ORDENANZA ANIMALES

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ORDENANZA ANIMALES

Francisco Moreno Andrés (www.franciscomorenoabogado.es)

Considero oportuno recordar, que el pasado día 30 de abril de 2019 entró en vigor la última reforma de la Ordenanza Municipal del Ayuntamiento de Zaragoza sobre protección, tenencia responsable y venta de animales. Sin duda lo más llamativo de la reforma, al margen de otras cuestiones menores, ha sido el establecimiento de la obligación de llevar a cabo un procedimiento analítico o de muestreo oportuno para la extracción del ADN de los animales de compañía respecto de los que existe obligación de identificar con un microchip homologado (los perros); que según reza en la propia ordenanza deberá de ser  realizado por veterinario colegiado, facultativo o personal habilitado al efecto; muestra de ADN que será incorporada a la base de datos genética que se elabore al efecto. El muestreo debe de realizarse cuando se vaya a colocar el microchip al animal, y si éste ya lo tiene, cuando se vaya a realizar la siguiente vacunación anual obligatoria. Los costes son de cuenta del propietario y pueden rondar entre los 40 y 50 euros. El objeto, según refiere el Ayuntamiento, es evitar el maltrato animal y disminuir la tasa de abandono. El incumplimiento de esta obligación se considera en la Ordenanza como una infracción leve que puede castigarse con una multa que va desde los 50 euros a los 250 euros. Recordar a todos, que el horario de suelta de los perros en los parques públicos con superficies continuadas superiores a mil metros cuadrados, entre el 1 de noviembre y el 30 de abril, es de 20 horas  a 10 horas; y de 21 horas a 10 horas entre el  1 de mayo y el 31 de octubre.

 

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